Concepción ergonómica del puesto de trabajo y su entorno

Entendemos por concepción del puesto el concebir o formar en la mente la idea de un determinado puesto de trabajo. Teniendo en cuenta las características que deben reunir, a priori, en
relación con las personas que lo van a ocupar y el tipo de tareas que van a realizar. En definitiva se trata de proyectar la idea de un determinado puesto de trabajo y hacerlo realidad.
Los puestos de trabajo están pensados para realizar una serie de tareas, siendo el punto de
partida para alcanzar un objetivo determinado. En este sentido el ergónomo concibe mentalmente el puesto de trabajo y posteriormente comienza a poner en práctica lo que ha concebido: "un espacio de trabajo adecuado". Es decir, aquél que garantiza a las personas que lo ocupan la realización de su trabajo con seguridad y confort, de forma que no tengan que esforzarse.
La concepción de un puesto de trabajo se apoya en tres puntos básicos: el conocimiento de
la Ergonomía, las necesidades tanto de producción como de calidad del producto final, y la
integración de la Ergonomía en la estructura de la organización.

Este enlace hace referencia a la concepción ergonómica del puesto de trabajo y su entorno en la INSHT:
http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/201a300/ntp_242.pdf


Manipulacion manual de cargas

La manipulación manual de cargas es una tarea bastante frecuente que puede producir fatiga física o lesiones como contusiones, cortes, heridas, fracturas y lesiones musculo-esqueléticas en zonas sensibles como son los hombros, brazos, manos y espalda.
Es una de las causas más frecuentes de accidentes laborales con un 20-25% del total. Las lesiones que se producen no suelen ser mortales, pero originan grandes costes económicos y humanos ya que pueden tener una larga y dificil curación o provocar incapacidad.
Carga--> Cualquier objeto susceptible de ser movido, incluyendo personas, animales y materiales que se manipulen por medio de grúa u otro medio mecánico pero que requiere del esfuerzo humano para moverlos o colocarlos en su posición definitiva.
Manipulación manual de cargas--> Cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de uno o varios trabajadores, como el levantamiento, la colocación, el empuje, la tracción o el desplazamiento, que por sus características o condiciones ergonómicas inadecuadas entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.
Puede entrañar un potencial riesgo la manipulación de cargas de más de 3Kg si las condiciones ergonómicas son desfavorables y las de más de 25Kg aunque no existan otras condiciones ergonómicas desfavorables.
El empresario debe tomar las medidas técnicas u organizativas necesarias para evitar la manipulación manual de cargas siempre que esto sea posible. En caso de no poder evitarse evaluará el riesgo para determinar si es o no tolerable y tomará las medidas necesarias para reducir los riesgos a niveles tolerables mediante:
- utilización de ayudas mecánicas
- reducción o rediseño de la carga
- actuación sobre la organización del trabajo
- mejora del entorno de trabajo
Teniendo en cuenta las capacidades individuales de las personas implicadas.El empresario debe proporcionar los medios apropiados para que los trabajadores reciban formación e información por medio de "programas de entrenamiento" que incluyan:
- el uso correcto de las ayudas mecánicas
- información y formación acerca de los factores que estén presentes en la manipulación y la forma de prevenir los riesgos debidos a ellos.
- uso correcto del equipo de protección individual, si es necesario
- formación y entrenamiento en técnicas seguras para la manipulación de cargas
- información sobre el peso y el centro de gravedad de la carga.
En el siguiente enlace esta la guia tecnica de para la evaluacion y prevencion de los riesgos de la manipulacion manual de cargas segun INSHT:

Orden y limpieza de lugares de trabajo

En cualquier actividad laboral, para conseguir un grado de seguridad aceptable, tiene especial importancia el asegurar y mantener el orden y la limpieza. Son numerosos los accidentes que se producen por golpes y caídas como consecuencia de un ambiente desordenado o sucio, suelos resbaladizos, materiales colocados fuera de su lugar y acumulación de material sobrante o de desperdicio. Ello puede constituir, a su vez, cuando se trata de productos combustibles o inflamables, un factor importante de riesgo de incendio que ponga en peligro los bienes patrimoniales de la empresa e incluso poner en peligro la vida de los ocupantes si los
materiales dificultan y/u obstruyen las vías de evacuación.
En esta pagina web se muestra la siguiente ley NTP 481: Orden y limpieza de lugares de trabajo del INSHT.
http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/FichasTecnicas/NTP/Ficheros/401a500/ntp_481.pdf

Señalizacion de Seguridad

SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD
Las señales de Seguridad resultan de la combinación de formas geométricas y colores, a las que
se les añade un símbolo o pictograma atribuyéndoseles un significado determinado en relación
con la seguridad, el cual se quiere comunicar  de una forma simple, rápida y de comprensión
universal.
 
COLORES DE SEGURIDAD
Los colores de seguridad podrán formar parte de una señalización de seguridad o constituirla
por sí mismos. En el siguiente cuadro se muestran los colores de seguridad, su significado y
otras indicaciones sobre su uso:


Cuando el color de fondo sobre el que tenga que aplicarse el color de seguridad pueda dificultar 

la percepción de este último, se utilizará un color de contraste que enmarque o se alterne con el
de seguridad, de acuerdo con la siguiente tabla:







Las señales de Seguridad en función de su aplicación se dividen en:


•  Señales de prohibición
Prohíben un comportamiento susceptible de provocar un peligro. Forma redonda. Pictograma
negro sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal descendente de izquierda a derecha
atravesando el pictograma a 45º respecto a la  horizontal) rojos (el rojo deberá cubrir como
mínimo el 35% de la superficie de la señal)



























Para más informacion revise la siguiente página web : http://www.uca.es/centro/1C01/seguridad/senales

Muñequera ESD

La descarga electrostática (conocido por sus siglas en inglés ESD) es un fenómeno electrostático que hace que circule una corriente eléctrica repentina y momentáneamente entre dos objetos de distinto potencial eléctrico; como la que circula por un pararrayos tras ser alcanzado por un rayo.
Si se realizan medidas con elementos ESD, se deberá conectar a una muñequera y observar las medidas de protección necesarias en una EPA.


Significados del Marcado CE

CE (Conformidad Europea)
Un producto, un servicio o un proceso pueden estar conformes a una norma y/o a una o varias Directivas del Nuevo Enfoque. Esta conformidad se demuestra por un certificado de conformidad y se ejecuta por un proceso de evaluación de la conformidad. La conformidad con una norma o una Directiva del Nuevo Enfoque puede precisar de una certificación por terceras partes agregadas por un laboratorio de prueba, a menudo llamado Organismo Notificado. Estos últimos se enumeran en las páginas web siguientes: NANDO IS (para todos los sectores del Nuevo Enfoque excepto el de la construcción) y NANDO CPD (para los productos de la construcción).
La conformidad con una norma se hace siempre de forma voluntaria. Cuando un producto se ve afectado por una o más Directivas del Nuevo Enfoque, debe respetar los requisitos de la Directiva apropiada con el fin de obtener el marcado CE y ser lanzado al mercado Europeo. El marcado CE se demuestra por medio de una declaración de conformidad. La conformidad con el marcado CE significa la conformidad con la Directiva Europea aplicable y no con la norma Europea aplicable. Para estar seguro de que su producto responde a las exigencias de la Directiva, es más fácil fabricarlo siguiendo las normas armonizadas que se refieren a la Directiva.
Este proceso se regula por el Enfoque Global y por el Nuevo Enfoque.
Con el fin de promover el intercambio de mercancías entre la Unión Europea y los países candidatos y entre la Unión Europea y los terceros países, facilitando el acceso al mercado, se han negociado respectivamente Protocolos a los acuerdos de Europa acerca de la evaluación de la conformidad y la aceptación de los productos industriales (PECAs) así como acuerdos de reconocimiento mutuo (MRAs). Son acuerdos bilaterales y tratan de beneficiar a la industria proporcionando un acceso más fácil a los procedimientos de evaluación de la conformidad.

El marcado CE y la realidad de las PYMEs
El marcado CE para los productos únicos y hechos a medida de poco valor (menos 50K€) no es económico y no contribuye a la seguridad del consumidor ya que los productos únicos se encargan sobre bases fiables cercanas y un contacto personal. De ahí que el marcado CE de estos productos únicos y hechos a medida no debería ser obligatorio con la declaración de conformidad debería bastar.
Se deberían garantizar los procedimientos simplificados relativos al marcado CE para las pequeñas producciones en serie gracias a la acreditación y a los sistemas de evaluación de conformidad establecidos por la legislación europea. La contratación pública debería trabajar bajo estas reglas adecuadas para las PYMEs.
La equilibrada representación colectiva de las organizaciones de PYMES en los comités técnicos de normalización y su derecho al voto en los comités técnicos debería de estar garantizada por la legislación europea dentro del sistema de normalización.
La simplicidad de las normas escritas con el principio “Los pequeños primeros” también debería aplicarse a la legislación europea sobre el sistema de normalización. Deberían proporcionarse manuales de simplificación y periodos de prácticas para los expertos en normalización de las PYMES los cuales deberían llevarse a cabo gracias a acciones coordinadas europeas y nacionales con suficiente financiación.
Certificado de Conformidad
Un ámbito importante en el que la normalización contribuye decisivamente en la aplicación y en el control es el de la Certificación. Se entiende como la garantía que ofrece un organismo neutral e independiente para que los productos examinados cumplan los requisitos exigidos por determinadas normas. En la práctica, la importancia de la certificación es especialmente evidente en los ámbitos del comercio en los que la normalización desempeña un papel esencial (ingeniería eléctrica). En el contexto de la armonización legal, la emisión de un certificado de conformidad sirve como prueba de que un producto cumple unas leyes concretas u otras especificaciones y criterios técnicos.

Evaluación de la conformidad
Todas las actividades de evaluación de la conformidad pretenden probar o demostrar que un producto, proceso o servicio cumple los requisitos legales esenciales. El Enfoque Global se estableció a partir del Enfoque Modular para la evaluación de la conformidad de acuerdo con las Directivas del Nuevo Enfoque. Los módulos que son independientes, indivisibles y complementarios, se designan mediante las letras A a H. Las Autoridades Públicas necesitan seguir un procedimiento de evaluación de la conformidad en el marco de las Directivas del Nuevo Enfoque para asegurar que los productos colocados en el mercado cumplen con los requisitos esenciales de la(s) Directiva(s) correspondiente(s). Puesto que la UE favorece la economía de libre mercado, los fabricantes deben contar con un amplio margen de elección entre módulos. El legislador comunitario puede elegir entre los distintos módulos ya descritos. La complejidad y rigidez de los módulos que se van a aplicar varían en función de los riesgos asociados al producto. Cuando las Directivas en vigor no prescriban ningún procedimiento concreto, el propio fabricante podrá elegir el procedimiento de evaluación de la conformidad que va a aplicar. El que más se utiliza es el Módulo A.

Si el Marcado CE aparece en un producto, ese producto cuenta con la autorización para comercializarse libremente en la Unión Europea. El fabricante o su agente autorizado colocan dicho marcado, que no requiere un color fijo, en el propio producto o en su envase. Si varias Directivas estipuladas del Marcado CE se aplican a un sólo producto, la colocación del Marcado CE indica la conformidad del producto con todas las Directivas aplicables. El Marcado CE no prohíbe la aplicación de otras marcas siempre que éstas no creen confusión con el Marcado CE. Además, está prohibida la inclusión de otras marcas con la intención de confundir a terceros en relación al significado y a la forma del Marcado CE.
14 pasos hacia el marcado CE
1) Definición del producto. 2) Control del proveedor. 3) Selección de las Directivas y normas correspondientes. 4) Selección de un posible procedimiento de evaluación de la conformidad. 5) Contacto con el Organismo Notificado. 6) Evaluación de riesgos. 7) Verificación del cumplimiento de las exigencias de las Directivas. 8) Suministro de información. 9) Preparación de documentación técnica. 10) Examen y revisión del manual de instrucciones. 11) Redacción de la declaración de conformidad. 12) Marcado CE. 13) Acceso al mercado. 14) Pruebas de serie.

CE (Compatibilidad Electrónica)

1) OBJETIVO

Garantizar la libre circulación de todos los aparatos eléctricos y electrónicos en el mercado comunitario mediante la armonización total de los requisitos de protección que dichos aparatos deben cumplir.

2) MEDIDA COMUNITARIA

Directiva 89/336/CEE del Consejo, de 3 de mayo de 1989, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de compatibilidad electromagnética.
Modificada por las siguientes medidas:
Directiva 91/263/CEE del Consejo, de 29 de abril de 1991, tal como se codifica por la Directiva 98/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 1998;
Directiva 92/31/CEE del Consejo, de 28 de abril de 1992;
Directiva 93/68/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1993.

3) CONTENIDO

1. Las directivas se aplicarán a todos los aparatos eléctricos y electrónicos y a los equipos e instalaciones que tengan componentes eléctricos o electrónicos que puedan crear perturbaciones electromagnéticas o cuyo funcionamiento pueda verse afectado por dichas perturbaciones.
2. Las directivas determinan los objetivos o "requisitos esenciales" de protección a los que deben ajustarse, en su fabricación y antes de su comercialización, los equipos descritos anteriormente.
3. Los organismos europeos de normalización elaboran normas europeas armonizadas basándose en los requisitos esenciales. Dichas normas, que no son obligatorias, se publican en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y se incorporan al Derecho nacional en forma de normas nacionales de idéntico contenido.
4. Se considerará que todo aparato fabricado de conformidad con las normas armonizadas cumple los requisitos esenciales.
5. Los procedimientos de evaluación de la conformidad de los aparatos a los requisitos esenciales se basan en el enfoque modular enunciado en la Decisión 93/465/CEE del Consejo relativa a la evaluación de la conformidad y al sistema de colocación y utilización del marcado «CE» de conformidad. La evaluación de la conformidad de los materiales corresponde a:
  • los organismos que designen los Estados miembros según unos criterios comunes de evaluación, organismos que han de ser notificados a la Comisión y a los demás Estados miembros,
  • los propios fabricantes.
6. Tal y como lo requiere la directiva 93/68/CEE, antes de su comercialización, los aparatos deberán llevar el marcado "CE" de conformidad, que:
  • expresa que se cumplen las disposiciones de las presentes directivas;
  • está formado por una sigla con un único grafismo, la sigla "CE";
  • es colocado por el fabricante o su mandatario establecido en la Comunidad.
7. Si a un aparato se le aplican otras directivas que establecen el marcado "CE", la colocación del marcado indica que el aparato cumple también los requisitos de esas directivas.
8. Se podrá poner cualquier otra marca en los aparatos, salvo en caso de que pueda confundirse con la marca de conformidad.
9. Cláusula de salvaguardia que establece un procedimiento comunitario y obliga a todos los Estados miembros a notificar inmediatamente a la Comisión cualquier medida que hayan adoptado con objeto de:
  • retirar del mercado,
  • prohibir la comercialización o
  • restringir la libre circulación de un aparato acompañado de uno de los medios de certificación establecidos en las directivas y que lleve el marcado "CE".
10. Período transitorio que va del 1 de enero de 1995 (fecha de entrada en vigor de la Directiva 93/68/CEE) al 1 de enero de 1997 y durante el cual el fabricante puede optar entre:
  • comercializar un producto que cumpla lo dispuesto en las presentes directivas colocando el marcado "CE", en cuyo caso queda garantizada la libre circulación del producto, incluso en caso de que sea más vinculante una normativa nacional ya existente que siga en vigor durante el período transitorio, o
  • comercializar un producto que no cumpla las presentes directivas sin colocar el marcado "CE", en cuyo caso el producto deberá cumplir una normativa que esté en vigor en la fecha del 31 de diciembre de 1996.
11. Sanciones decididas por los Estados miembros en caso de que observen que el marcado "CE" se ha colocado indebidamente.
12. La Directiva 91/263/CEE establece requisitos específicos relativos a equipos terminales de telecomunicaciones. 


ROHS

La directiva 2002/95/CE de Restricción de ciertas Sustancias Peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, fue adoptada en febrero de 2003 por la Union Europea. La directiva RoHS entró en vigor el 1 de julio de 2006. Restringe el uso de seis materiales peligrosos en la fabricación de varios tipos de equipos eléctricos y electrónicos. Está muy relacionada con la directiva de Residuos de Equipos Eléctricos y Electrónicos.

En España, la Directiva RoHS junto con la WEEE, (en español conocida por sus siglas RAEE “Reciclaje de Aparatos Eléctricos y Electrónicos”) han sido transpuestas al mismo Real Decreto, el R.D. 208/2005. Sin embargo, la primera es una directiva de “mercado único”, es decir, aplica a todos los estados miembros y debe implantarse de la misma manera en todos ellos evitando de esta forma barreras burocráticas, mientras que la segunda no lo es, sino que establece unos criterios mínimos que los estados miembros deben implementar en su legislación nacional, e incluso pueden sobrepasarlos.
A menudo se hace mención a RoHS como la directiva "libre de plomo", pero restringe el uso de las siguientes seis sustancias:
  • Plomo
  • Mercurio
  • Cadmio
  • Cromo VI (También conocido como cromo hexavalente)
  • PBB
  • PBDE
PBB y PBDE son sustancias retardantes de las llamas usadas en algunos plásticos.
Las concentraciones máximas fijadas mediante la enmienda 2005/618/CE son:
  • 0.1% para plomo, mercurio, cromo VI, PBB y PBDE del peso en materiales homogéneos
  • 0.01% para cadmio del peso de material homogéneo.
Esto significa que los límites no se aplican al peso del producto final, o al del componente, sino que a cada sustancia que puede (teóricamente) ser separada mecánicamente, como por ejemplo, el aislante de un cable o el estañado del terminal de un componente.
Por ejemplo, una radio está formada por una caja, tornillos, arandelas, una tarjeta electrónica, altavoces, etc. La tarjeta electrónica está formada por el circuito impreso, circuitos integrados, resistencias, interruptores, etc. El interruptor está formado por su encapsulado, una palanca, un resorte, contactos, etc. El contacto podría estar constituido por una tira de cobre con un recubrimiento.
Todo lo que pueda ser identificado como un material diferente debe satisfacer el límite. De esta forma, si el recubrimiento de la tira de cobre del interruptor fue recubierto con oro con 2300 ppm de cadmio, entonces la radio completa no satisfaría los requerimientos de la directiva.
Note que las baterías no están incluidas dentro del alcance de RoHS, por lo tanto, las baterías de NiCd están permitidas a pesar del cadmio. Esto es debido a que las baterías se rigen por su propia directiva, 91/157/CEE, relativa a las pilas y acumuladores que contengan determinadas materias peligrosas.
La directiva se aplica a equipos como los definidos por la directiva WEEE. Estos son:
  • Electrodomésticos grandes
  • Electrodomésticos pequeños
  • Equipos de comunicaciones e IT
  • Aparatos eléctricos de consumo
  • Aparatos de alumbrado, incluidas las bombillas de filamentos
  • Herramientas eléctricas y electrónicas
  • Juguetes, equipos deportivos y de tiempo libre
  • Máquinas expendedoras
No se aplica a plantas y herramientas industriales fijas instaladas permanentemente. Asimismo están exentos los aparatos médicos, los instrumentos de vigilancia y control, incluidos instrumentos de medida y los equipos diseñados expresamente con propósitos militares o espaciales. Hay además un listado de exenciones que puede consultarse en el Anexo de la Directiva, y del Real Decreto, así como 3 enmiendas sobre exenciones, a saber:
  • Decisión de la Comisión 2005/717/EC, publicada el 13 de octubre de 2005.
  • Decisión de la Comisión 2005/747/EC, publicada el 21 de octubre de 2005.
  • Decisión de la Comisión 2006/310/EC, publicada el 21 de abril de 2006.
La RoHS responsabiliza al productor de su cumplimiento y se aplica tanto a productos fabricados en la UE como productos importados.
También hay leyes en China que están tomando efecto (a menudo referidas como "China RoHS"), que tienen restricciones similares. Sin embargo, el gobierno Chino está siendo muy vago acerca de la aplicación y responsabilidad del cumplimiento. También hay algunas dudas sobre la fecha de inicio, pero se presume que es la misma que la de la directiva RoHS de la UE.
Japón no tiene ninguna legislación directamente relacionada con las sustancias RoHS, pero sus leyes de reciclaje han obligado a los fabricantes japoneses a migrar a procesos sin plomo. Estas compañías también han sido proactivas en eliminar otros materiales peligrosos, que hacen, en la práctica, que sus productos cumplan con la directiva RoHS.
Además, California ha adoptado una legislación similar, la cual entró en vigencia el 1 de enero de 2007. La ley de California usa la directiva RoHS de la UE como guía. Éstas, así como otras leyes, hacen que el cumplimiento de la RoHS sea un tema de carácter mundial.